Nuevo régimen de asistencias para el nivel secundario

La Resolución 0451/16 de la Dirección General de Escuelas modifica la reglamentación para la asistencia, puntualidad y permanencia en la escuela  para el nivel secundario, fomentando el compromiso y acompañamiento de las familias.

Las nuevas reglamentaciones son las siguientes:

  • La asistencia anual no deberá superar las 20 (veinte) inasistencias, de los días establecidos en el calendario escolar.
  • El alumno que exceda el límite de inasistencias establecidas, pasará a ser alumno en situación condicional. el alumno deberá cumplir los requisitos del sistema de escolaridad protegida
  • La inasistencia de un solo turno se computa como una (1) inasistencia
  • La inasistencia a las actividades de contraturno se computan como media (1/2) inasistencia por turno.
  • El retraso al ingreso, mayor de 10 minutos se computa como media (1/2) inasistencia
  • El retraso al ingreso, mayor de 30 minutos se computa como una (1) inasistencia (el alumno debe permanecer en el colegio y cumplir con sus obligaciones)
  • Excepción: tardanzas por problemas ajenos a la voluntad del alumno (ej. transporte) debidamente justificados
  • Retiro de la escuela fuera de horario establecido: (por adulto responsable) se computa como media (1/2) inasistencia justificada.
  • Los alumnos mayores de 18 años tienen iguales obligaciones.
  • Toma y registro: al inicio de la jornada.
  • Se justificarán aquellas inasistencias que estén respaldadas por certificados firmados por autoridades competentes o profesionales matriculados. En todos los casos deberán presentarse dentro de las 72 horas del regreso del estudiante a clase. Vencido dicho plazo sin que el alumno acredite la causa de su inasistencia, se considerará como falta injustificada. Existen justificaciones para los siguientes casos particulares: enfermedad, embarazo, lactancia, paternidad, rehabilitación, actividades deportivas, actividades artísticas, culturales, científicas, intercambios estudiantiles, razones de fuerza mayor y casos excepcionales.
  • hasta 3 inasistencias injustificadas: comunicación del preceptor/tutor con la familia
  • hasta 5 inasistencias injustificadas en el mes: preceptor/tutor-servicio de orientación-familia.
  • hasta 10 inasistencias justificadas o no: citación de adulto responsable. acta compromiso. en caso de inasistencia del adulto y si no se logra contacto, el alumno pasa a sistema de escolaridad protegida con alerta a sistema de protección (oal).
  • Hasta 20 inasistencias justificadas o no: citación de adulto responsable. Este podrá solicitar ante situaciones excepcionales y justificadas una extensión de 8 inasistencias adicionales. El otorgamiento de esta extensión quedará a cargo del Consejo de gestión escolar.
  • Exceso del límite de inasistencias: el alumno pasara a ser considerado  alumno en  situación condicional (sistema de escolaridad protegida /trayectoria alternativa)

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